"Las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social y no podrán consistir en trabajos forzados. El condenado a pena de prisión que estuviere cumpliendo la misma gozará de los derechos fundamentales de este capítulo, a excepción de los que se vean expresamente limitados por el contenido del fallo condenatorio, el sentido de la pena y la ley penitenciaria. En todo caso, tendrá derecho a un trabajo remunerado y a los beneficios correspondientes de la Seguridad Social, así como al acceso a la cultura y al desarrollo integral de su personalidad."
Como en tantas otras cosas, la Constitución Española adolece en este aspecto de la inercia ideológica producto de la huida del franquismo. Una de las falacias asumidas como verdad absoluta por la sociedad española y el colectivo político e intelectual de aquel entonces es el sueño rosseauniano de que el hombre es producto de su entorno y sus circunstancias. Un entorno hostil e injusto socialmente era la única génesis del crimen. De la perfección social que iba a nacer con nuestra constitución, derivaría la posibilidad, incluso la necesidad, de redención y reinserción. El tiempo con amargas experiencias nos han dado en mostrar que ello es únicamente así en una parte mayoritaria de los delincuentes, pero no en todos los casos, precisamente los más sangrantes.
De un lado, ignora este artículo la práctica imposibilidad de reinserción, en edad adulta, en aquellas personas que podríamos llamar delincuentes patológicos, bien sea por motivos puramente psiquiátricos o sociopáticos.
Consideraban además los redactores de este artículo que el crimen, era intrínsecamente social, por reacción (casi uno diría como expresión de la lucha de clases). Nada se habla del crimen narcisista, del crimen pasional, del crimen psicópata, del crimen gratuito, en suma.
Ignoraron quienes articularon al exigencia de reinserción universal que, tal vez, la sociedad llegaría a rechazar ésta en el caso de crímenes aberrantes y sin sentido. Las diferentes propuestas populares de iniciativa parlamentaria, que han recogido millones de firmas en diferentes casos, evidencian que la sociedad española no piensa así. Ignoraron los redactores de la constitución del 78 en suma el derecho de la sociedad a protegerse, pusieron (sin entreverlo, tal vez) por encima del derecho de las víctimas, el derecho de los verdugos. Este es, para mí, uno de los mas claros ejemplos de divorcio entre la sociedad real y la casta política.
Desde mi punto de vista, la reinserción solo debe ser proporcionada a aquellos que la soliciten y puedan ser, efectivamente, reinsertados con provecho para la sociedad. La reinserción, lejos de ser un derecho inalienable, es un pacto en el que intervienen dos actores: el criminal dispuesto a modificar sus hábitos, su personalidad, y la sociedad dispuesta a aceptar a tal individuo. En nuestra actual constitución, se amordaza a la sociedad y se ignora y censura cuanto ésta pueda decir u opinar al respecto. Ni que decir tiene, que esto conduce nuevamente al fracaso total de la reinserción, puesto que la generalización indiscriminada de las medidas de redención penal no conduce más que a la pérdida total de su función y sentido, convirtiéndose éstas en un fraude de ley promovido ¡desde los propios estamentos de administración de justicia!
Y, aun a pesar de darse todos los requisitos para una reinserción, existen aún así, casos en que yo como individuo (y conmigo, intuyo que la sociedad española) repudia a aquellos que traspasan ciertos límites de infamia y vejación al prójimo. El límite, desde mi punto de vista es claro: los asesinos (y digo asesinos y no homicidas), y los narcotraficantes organizados no merecen el derecho a la reinserción.
Habrá advertido mi inteligente lector, que este criterio no tiene color político. El que niega el alma al prójimo, conscientemente, debe ser aislado y anulado en la sociedad. Decir lo contrario es aceptar que casos vergonzantes como el de De Juana Chaos, son justos, naturales y aceptables al sentido común.
Soy partidario de modificar este artículo, y me atrevo a apuntar cómo:
Las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad no podrán consistir en trabajos forzados. Estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social a excepción de los reos de asesinato o de aquellos que atentaren conscientemente contra la salud pública con resultado de muerte o graves lesiones. En este último caso, no cabrá la reinserción ni ningún tipo de beneficio, indulto, exención, redención parcial o total, ordinaria o extraordinaria, hasta el momento de la finalización de su condena o a perpetuidad. Contra los dictámenes judiciales de este supuesto no cabrá recurso ni decreto de ninguna instancia que contravenga el presente artículo, salvo la revisión judicial de la condena si aparecieran pruebas relevantes a favor del preso.
El condenado a pena de prisión que estuviere cumpliendo la misma gozará de los derechos fundamentales de este capítulo, a excepción de los que se vean expresamente limitados por el contenido del fallo condenatorio, el sentido de la pena y la ley penitenciaria. En todo caso, tendrá derecho a un trabajo remunerado y a los beneficios correspondientes de la Seguridad Social, así como al acceso a la cultura y al desarrollo integral de su personalidad.
Otro día hablaré, por el contrario, de la grave responsabilidad en que incurre la sociedad española al no encauzar los delitos juveniles reinsertando a tiempo a jóvenes que, por mor de la torturante ineficacia y lentitud de nuestro sistema judicial, tienen que arrastrar en la madurez sus errores de juventud, produciendo esto, la mayor parte de las veces la frustración de una reinserción que hubiera sido más que posible de haber tenido nuestro sistema judicial la diligencia que de el esperamos todos los españoles.
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Estimado Pepe: La Constitución tiene sus "carencias", cosa que ha posibilitado que la gran mayoría de los españoles se sientan cómodos con ella durante tanto tiempo. De hecho, es la única que nos ha proporcionado 30 años de libertad y progreso.
ResponderEliminarRespecto a la reinserción, ni se puede imponer, nni tampoco ignorar. Si creo en la condena a perpetuidad para aquellos que, tras una larga condena, demuestren su incapacidad para vivir en libertad. La sociedad tiene derecho a protegerse de tales individuos. Para más información www.adolfosuarezillana.com
Un muy cordial saludo de un militante del PP, español, católico y demócrata.
Estimado amigo, agradezco sinceramente el tiempo tomado por Vd. en leer esta gacetilla. No pretendo sentar cátedra puesto que no tengo la talla moral ni intelectual para ello. Puedo estar equivocado. Pero como ciudadano español, no quiero desperdiciar mi derecho a opinar, y con el mayor respeto democrático hacia mis conciudadanos, verter mis inquietudes políticas.
ResponderEliminarEs posible que, con buena voluntad, generosidad y vocación por el servicio común, no hiciera falta jamás enmendar la Constitución. El único error de los Padres de la Constitución Española fue, tal vez, el de pensar que los políticos que les iban a suceder serían de la misma talla que lo fueron ellos.
Esta respuesta es una versión reducida del texto original que se halla publicado como post en este blog del día 28 de junio de 2009.
Lectores ilustres tienes, Pepe...
ResponderEliminarHola Pepe! yo también soy militante de upyd en mi ciudad, he conocido tu blog gracias al del Sr Suarez Illana.
ResponderEliminarEs intolerable la situación de inseguridad creciente en la que vivimos. Si hay que modificar la Constitución por el bien de la sociedad española, pues se modifica, si hay que reformar el código penal, pues lo mismo.
Y nuestra misión como ciudadanos es EXIGIR, porque esta claro que si nosotros no lo exigimos, los que forman el gobierno no harán nada, ya han tenido muchas oportunidades y no han hecho NADA. Por eso es necesario movilizarnos, concienciar a los que nos rodean y emprender acciones.
Yo solo soy una ciudadana más, indignada, pero he querido poner mi granito de arena y he creado un blog ( y un grupo en facebook para EXIGIR LA INMEDIATA REFORMA DEL CÓDIGO PENAL:
http://www.facebook.com/home.php?ref=home#/group.php?gid=210504080654
Además, se me ha ocurrido crean una campaña en firmasonline.com para que firmen todos los conciudadanos que estén de acuerdo ( que estoy segura que son millones) y mandar la propuesta al Consejo General del Poder Judicial o a quien haga falta. Vosotros seguro que podéis realizar un escrito mucho mas formal que yo, una humilde ciudadana que no cuenta con tantos conocimientos jurídicos, así que os agradecería vuestra ayuda y colaboración. Podéis contar conmigo para lo que necesitéis en esta lucha contra la injusticia de nuestro sistema.
La verdad es que es un tema complejo, yo soy partidaria de la reinserción, pues en muchos casos se ayuda a la persona y al mismo tiempo a la sociedad, evitando la marginación y la inseguridad en las calles. La Obra Social de la caixa ofrece becas de formación a éstas personas, que como bien dices si todos los casos se trataran en su tiempo justo, se acabarían muchos de los problemas que aparecen luego.
ResponderEliminarUn saludo,
Pili